Desgraciadamente la violencia con la asistencia del pueblo previa convocatoria, ha existido siempre y Zaragoza no podía ser menos en tiempos en los que ahora nos creemos que todos eran más salvajes ante la justicia popular. Por desgracia estas prácticas crueles se dan todavía hoy en países vecinos y los procesos son muy parecidos a los que se deban en nuestra ciudad Zaragoza.
Desde el siglo XII y por orden del Rey Alfonso I tras la conquista de Zaragoza y para beneficio de sus nuevos moradores teníamos en Zaragoza lo que se llamaba “Privilegio de los Veinte” que era una especie de jurado popular compuesto en teoría por los veinte mejores hombres de Zaragoza elegidos por entre todos los zaragozanos y que se dedicaba a juzgar cualquier hecho que produjera daño a la ciudad, a la sociedad zaragozana, más todavía se la realizaban forasteros. Este “Privilegio de los Veinte” es el antecesor del actual Ayuntamiento compuesto hoy por 31 Concejales en un Concejo, aunque sin duda con menos poder ante la justicia y sobre las vidas de los zaragozanos que se torcían ante las leyes o ante el poder.
Este jurado popular del “Privilegio de los Veinte” tenía el poder de detener y juzgar sin esperar a otra justicia a quien hubiera realizado daño, y los castigos solían ser brutales, casi siempre con el ajusticiamiento del condenado y con la destrucción de todos sus bienes. Pero como era un jurado popular tanto el ajusticiamiento como la destrucción se hacía entre todos los vecinos, a los que se llamaba con la campana de la Iglesia de San Jaime a la que acompañaba también la de la Iglesia de San Pablo, para que ningún vecino dejara de asistir a todo el proceso. Era una llamada a la justicia y tal vez a la venganza donde todos los ciudadanos tenían la obligación de acudir a realizar justicia popular contra el condenado y su familia. En caso de no acudir sin motivo, podría ser condenado a multas o a la misma pena del que se juzgaba.
Estos procesos penales que muchas veces eran privilegios de venganza o de abusos sobre todo cuando se aplicaban los Estatutos de Desafuero que eran como si durante un tiempo y por problema de orden público se perdieran los Fueros o los similares a los actuales Derechos Constitucionales, llevaban a auténticas venganzas y robos de cosechas o de bienes que en los juicios se consideraba habían sido adquiridos fuera de ley. Como es fácil entender, tras un proceso de este tipo quedaban heridas insalvables entre familias que solo otro proceso posterior de venganza cuando cambiaban las tornas alimentaban más todavía los odios.
Es cierto también que este “Privilegio de los Veinte” permitía ciertos privilegios a los zaragozanos. Talar sotos salvo los árboles grandes o los sauces, pescar en los ríos, hacer carbón vegetal, pagar menos impuestos, recoger para sus animales el pasto necesario, etc. hay que entender que este “Privilegio de los Veinte” nace para facilitar la repoblación de la ciudad de Zaragoza tras su reconquista por Alfonso I. Era pues una ciudad casi vacía a la que había que facilitar la incorporación de nuevos vecinos cristianos.